Contrato de adhesión para la contratación por intermediación de servicios turísticos que celebran, por una parte, BENJAMÍN IVÁN LOZA OCHOA, persona física con actividad empresarial que opera bajo el nombre comercial AKALBI TRAVEL™, en su carácter de agencia de viajes minorista, a quien en lo sucesivo se le denominará “LA AGENCIA”; y por la otra, el usuario-turista C. , quien comparece por sí y en nombre propio, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CLIENTE”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.
I.1. Ser una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad, con capacidad jurídica plena para obligarse en términos del presente contrato, que realiza actividades empresariales bajo el nombre comercial AKALBI TRAVEL™.
I.2. Encontrarse inscrita en el Registro Nacional de Turismo (RNT) de la Secretaría de Turismo bajo el número 0409005562102, con carácter de prestador de servicios turísticos en la categoría de Agencia de Viajes, inscrita desde el 17 de abril de 2026 y con vigencia al 17 de abril de 2028, en cumplimiento de los artículos 47 y 48 de la Ley General de Turismo.
I.3. Estar inscrita ante el Servicio de Administración Tributaria con el Registro Federal de Contribuyentes LOOB830917MP6, tributando bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 113-E a 113-I.
I.4. Que su domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones es el ubicado en Heriberto Frías número 1145, Colonia Del Valle Centro, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03100, Ciudad de México.
I.5. Que su actividad consiste en servir de intermediaria entre EL CLIENTE y los prestadores de servicios turísticos —sean éstos prestadores finales o agencias mayoristas y operadoras—, nacionales o extranjeros; cotizar, gestionar, reservar y tramitar por cuenta y orden de EL CLIENTE paquetes de viaje, servicios turísticos individuales y servicios conexos; así como asesorar a EL CLIENTE en la selección de dichos servicios. LA AGENCIA no opera, no presta ni ejecuta por sí misma servicios de transporte aéreo, terrestre o marítimo, hospedaje, alimentación, guía turística ni actividades recreativas.
I.6. Que cuenta con la capacidad técnica, administrativa y con los elementos materiales y humanos necesarios para desempeñar la intermediación objeto de este contrato, y que su personal cuenta con formación certificada en sistemas globales de distribución (GDS) Sabre.
I.7. Que su percepción económica derivada de este contrato consiste exclusivamente en la comisión o margen de intermediación que se detalla en la cotización aceptada, y que las cantidades restantes que reciba de EL CLIENTE las recibe por cuenta y orden de éste, con el único fin de transferirlas a los prestadores finales o agencias mayoristas correspondientes, en términos de los artículos 273 a 308 del Código de Comercio relativos a la comisión mercantil.
II.1. Ser persona física mayor de edad, con capacidad jurídica y económica suficiente para obligarse en los términos de este contrato, y tener interés en adquirir los servicios turísticos que se especifican en la cotización que forma parte integrante del mismo.
II.2. Que recurre a LA AGENCIA con el fin expreso de que ésta funja como intermediaria entre él y los prestadores directos de los servicios, y de que los adquiera por cuenta y orden de EL CLIENTE.
II.3. Que sus datos generales son: domicilio en , teléfono , correo electrónico .
II.4. Que ha leído íntegramente el presente contrato con anterioridad a la realización de cualquier pago, que le fueron explicadas las condiciones de contratación, cancelación y reembolso, y que le fue puesto a disposición el Aviso de Privacidad consultable en akalbitravel.com/avisodeprivacidad.
III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen, que en la celebración de este contrato no existe error, dolo, mala fe, violencia ni lesión, y que es su libre voluntad obligarse conforme a las siguientes:
PRIMERA. Objeto. LA AGENCIA se obliga a gestionar, solicitar, reservar y tramitar por cuenta y orden de EL CLIENTE los servicios turísticos descritos en la cotización aceptada, actuando única y exclusivamente con el carácter de intermediaria entre EL CLIENTE y las personas físicas o morales que prestan directamente dichos servicios, o entre EL CLIENTE y las agencias mayoristas u operadoras a través de las cuales dichos servicios se contratan.
SEGUNDA. Entrega del contrato. LA AGENCIA entregará a EL CLIENTE un ejemplar del presente contrato al momento de la contratación, o bien le informará de los medios electrónicos donde puede consultarlo permanentemente, siendo éste akalbitravel.com/contrato. Los recibos de pago, cupones y vouchers que se expidan contendrán un extracto del mismo en los aspectos relativos al servicio de que se trate.
TERCERA. Alcance de la responsabilidad de LA AGENCIA. EL CLIENTE reconoce y acepta expresamente que:
CUARTA. Doble intermediación y traslado de condiciones. EL CLIENTE reconoce que una parte de los servicios se contrata a través de agencias mayoristas y operadoras con las que LA AGENCIA mantiene relación comercial. En consecuencia, las políticas de cotización, contratación, reservación, cancelación, reprogramación y reembolso de dichos mayoristas y de los prestadores finales le son plenamente aplicables y se le trasladan íntegramente. LA AGENCIA se obliga a hacer del conocimiento de EL CLIENTE, por escrito y con anterioridad a cualquier pago, las condiciones más relevantes que apliquen a su caso concreto, particularmente las relativas a penalidades por cancelación y a la naturaleza no reembolsable de determinadas tarifas.
QUINTA. Límite cuantitativo de responsabilidad. Salvo en los casos de dolo, mala fe o negligencia grave directamente imputables a LA AGENCIA, y salvo lo dispuesto por disposiciones de orden público que resulten inderogables, la responsabilidad económica máxima de LA AGENCIA frente a EL CLIENTE derivada de este contrato no excederá del importe de la comisión de intermediación efectivamente percibida por LA AGENCIA respecto de la operación de que se trate. Esta limitación no aplica a las cantidades que LA AGENCIA hubiere recibido por cuenta y orden de EL CLIENTE y que no hubiere transferido al prestador o mayorista correspondiente, las cuales serán reintegrables en su totalidad.
SEXTA. Carácter referencial de los precios publicados. Todos los precios publicados en medios impresos o electrónicos, incluidos los del sitio akalbitravel.com, sus redes sociales y materiales promocionales, son de carácter referencial e informativo en tanto EL CLIENTE no solicite una cotización formal. El precio definitivo se determina en la cotización elaborada conforme a los requerimientos específicos de EL CLIENTE —número de pasajeros, edades, clase de vuelo, categoría de hotel, tipo de ocupación, temporalidad, disponibilidad al momento de reservar y demás factores aplicables— y está sujeto a disponibilidad al momento de recibirse el anticipo.
SÉPTIMA. Vigencia de la cotización. Toda cotización tendrá la vigencia expresamente señalada en ella. A falta de señalamiento, se entenderá vigente por 24 (veinticuatro) horas naturales, transcurridas las cuales los precios y la disponibilidad deberán recalcularse. La cotización aceptada, con todos sus anexos, forma parte integrante e indivisible del presente contrato.
OCTAVA. Perfeccionamiento del contrato y medios electrónicos. El presente contrato se perfecciona con el pago del anticipo o la liquidación total de los servicios cotizados. Las partes convienen expresamente, en términos del artículo 76 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de los artículos 89 a 94 del Código de Comercio, que la relación contractual puede formalizarse válidamente por medios electrónicos —correo electrónico, mensajería instantánea WhatsApp, formularios del sitio web o firma electrónica—, sin necesidad de la presencia física de las partes ni de firma autógrafa, siempre que quede constancia comprobable de la aceptación informada de EL CLIENTE. LA AGENCIA conservará dicha constancia por el plazo legal aplicable y la pondrá a disposición de EL CLIENTE cuando éste la solicite.
NOVENA. Derecho de revocación. Tratándose de operaciones celebradas por medios electrónicos o fuera del establecimiento comercial, EL CLIENTE podrá revocar su consentimiento dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la celebración, conforme al artículo 56 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, siempre que no se hubieren emitido aún boletos de transporte bajo tarifa restrictiva ni confirmado reservaciones sujetas a penalidad inmediata por parte del prestador o mayorista. En caso de que dichas emisiones o confirmaciones ya se hubieren realizado a solicitud de EL CLIENTE, la revocación surtirá efectos únicamente sobre los importes que resulten efectivamente recuperables del prestador, previa acreditación documental por parte de LA AGENCIA. LA AGENCIA informará a EL CLIENTE, antes de emitir cualquier documento con penalidad, del momento a partir del cual este derecho quedará limitado.
DÉCIMA. Precios en moneda extranjera. Cuando se trate de servicios o paquetes con destino en el extranjero, los precios podrán presentarse en moneda extranjera, entendiéndose que el precio de venta será el resultado de su conversión a moneda nacional. Dichas obligaciones, contraídas dentro de la República Mexicana para cumplirse en ésta, se solventarán en Pesos Mexicanos al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se efectúe cada pago, conforme al artículo 8º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y a los apartados 5.1.3 y 6.2.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001. Este criterio aplica igualmente para anticipos, liquidaciones, reembolsos, bonificaciones, compensaciones y penalizaciones.
DÉCIMA PRIMERA. Tipo de cambio informativo. El tipo de cambio publicado en el sitio web de LA AGENCIA tiene carácter meramente informativo. Los sistemas globales de distribución y los prestadores finales aplican el tipo de cambio bancario vigente el día en que se procesa la compra, el cual puede diferir del publicado. EL CLIENTE acepta esta variación como inherente a la naturaleza de la operación.
DÉCIMA SEGUNDA. Naturaleza de los pagos recibidos. Las cantidades que EL CLIENTE entregue a LA AGENCIA se integran por dos conceptos claramente diferenciados:
EL CLIENTE otorga a LA AGENCIA mandato expreso para efectuar dichos pagos a su nombre y por su cuenta. LA AGENCIA conservará y pondrá a disposición de EL CLIENTE, cuando éste lo solicite, los comprobantes que acrediten la transferencia de tales recursos.
DÉCIMA TERCERA. Medios de pago y trazabilidad. LA AGENCIA recibe pagos mediante transferencia electrónica, depósito bancario, tarjeta de crédito o débito, pasarelas de pago electrónico autorizadas y efectivo, siempre a nombre de LA AGENCIA o directamente del prestador cuando así se indique. Todo pago, cualquiera que sea su medio, será amparado con recibo que identifique el expediente, el importe, la fecha y el saldo remanente. Los pagos en efectivo quedan sujetos a las condiciones de control y trazabilidad de la Cláusula Vigésima Cuarta. LA AGENCIA no realiza operación alguna que contravenga la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. EL CLIENTE se obliga a conservar sus comprobantes de pago.
DÉCIMA CUARTA. Anticipos y liquidación. Los montos, fechas y condiciones de los anticipos y de la liquidación total se establecerán en la cotización aceptada, conforme a las políticas del prestador o mayorista de que se trate. A falta de señalamiento expreso, regirán las siguientes condiciones mínimas:
| Antelación a la fecha de salida | Anticipo mínimo | Liquidación total |
|---|---|---|
| Más de 90 días | 30% del total | A más tardar 60 días antes de la salida |
| De 90 a 46 días | 50% del total | A más tardar 45 días antes de la salida |
| De 45 a 16 días | 100% del total | Al momento de la contratación |
| 15 días o menos | 100% del total | En una sola exhibición, sujeto a disponibilidad |
DÉCIMA QUINTA. Efectos del incumplimiento de pago. El incumplimiento en tiempo y forma de cualquier pago faculta a LA AGENCIA a cancelar los servicios reservados, previa notificación por escrito a EL CLIENTE otorgándole un plazo de gracia no menor a 3 (tres) días hábiles para regularizar su situación. Transcurrido dicho plazo sin regularización, la cancelación se entenderá con responsabilidad imputable a EL CLIENTE y aplicarán las penalidades del Capítulo VIII. Las cantidades pagadas se aplicarán a cubrir dichas penalidades y los costos efectivamente erogados, reintegrándose a EL CLIENTE el remanente que en su caso resulte.
DÉCIMA SEXTA. Entrega de documentación condicionada a pago total. La documentación de viaje —boletos, cupones, vouchers y confirmaciones— se entregará a EL CLIENTE, por medios electrónicos o impresos, previa liquidación total de los servicios y a más tardar dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas previas a la fecha de salida. Los pagos parciales no generan derecho a recibir de manera fraccionada o proporcional los servicios que integran el paquete, en el entendido de que éste constituye un conjunto integrado e indivisible.
DÉCIMA SÉPTIMA. Naturaleza de los planes de pago. Las facilidades de pago diferido, en parcialidades o “a meses” que LA AGENCIA promueva se instrumentan exclusivamente bajo alguna de las siguientes modalidades, la cual se especificará por escrito en cada operación:
DÉCIMA OCTAVA. LA AGENCIA no otorga crédito. EL CLIENTE reconoce expresamente que LA AGENCIA no otorga crédito, financiamiento ni préstamo alguno por cuenta propia, no cobra intereses, no realiza actividades reservadas a entidades financieras reguladas, y que su intervención en los planes de pago diferido se limita a informar, gestionar y facilitar el acceso de EL CLIENTE a los productos financieros de terceros autorizados. Los términos, tasas, comisiones, garantías y consecuencias del incumplimiento de dichos productos se rigen por los contratos que EL CLIENTE celebre directamente con la institución o el prestador correspondiente, ante quien deberá dirigir cualquier aclaración.
DÉCIMA NOVENA. Calendarios de pago sin costo financiero. Cuando LA AGENCIA convenga con EL CLIENTE un calendario de pagos escalonados respecto del precio de los servicios, dentro de los plazos permitidos por el prestador y sin cargo, interés ni sobreprecio de ninguna naturaleza, dicho calendario constituye una simple modalidad de cumplimiento de la obligación de pago y no configura una operación de crédito. Ningún servicio se entregará ni se hará exigible sin la liquidación total previa, conforme a la Cláusula Décima Sexta.
VIGÉSIMA. Plan de Abonos Programados — naturaleza jurídica. A solicitud expresa de EL CLIENTE, LA AGENCIA podrá recibir el precio de los servicios mediante abonos parciales programados aplicados a un viaje futuro. Dichos abonos constituyen, en su totalidad, pagos a cuenta del precio de un servicio turístico previamente cotizado e identificado en el Anexo B de este contrato, y participan de la naturaleza jurídica establecida en la Cláusula Décima Segunda: una parte corresponde a la comisión de intermediación de LA AGENCIA y el resto se recibe por cuenta y orden de EL CLIENTE para su transferencia al prestador o agencia mayorista que corresponda. El Plan de Abonos Programados no genera interés, rendimiento, sobreprecio ni comisión adicional alguna a cargo de EL CLIENTE.
VIGÉSIMA PRIMERA. Requisitos de constitución del plan. Para que EL CLIENTE pueda constituir un Plan de Abonos Programados es requisito indispensable que se documenten previamente, en el Anexo B, los siguientes elementos mínimos:
LA AGENCIA no recibirá abono alguno que no esté vinculado a un Anexo B debidamente requisitado y firmado por ambas partes. Cada abono recibido será amparado con un recibo numerado y consecutivo que identifique el expediente, el importe, la fecha, el medio de pago y el saldo remanente.
VIGÉSIMA SEGUNDA. Aplicación y control de los abonos. Los abonos se aplicarán en el orden siguiente: primero a la comisión de intermediación de LA AGENCIA, y el remanente a las cantidades destinadas a los prestadores. LA AGENCIA se obliga a:
VIGÉSIMA TERCERA. Firmeza del precio. El precio total estimado señalado en el Anexo B se respetará en sus términos siempre que EL CLIENTE cumpla puntualmente el calendario de abonos y que la reservación en firme se haya confirmado ante el prestador. Mientras la reservación no esté confirmada, el precio permanece sujeto a disponibilidad y a las variaciones tarifarias de los prestadores, del tipo de cambio y de la temporalidad, en términos de las Cláusulas Sexta, Décima y Décima Primera. LA AGENCIA informará a EL CLIENTE cualquier variación en cuanto tenga conocimiento de ella, y EL CLIENTE podrá optar entre cubrir la diferencia, ajustar el destino o las fechas, o desistirse conforme a la Cláusula Vigésima Quinta.
VIGÉSIMA CUARTA. Abonos en efectivo y trazabilidad. LA AGENCIA podrá recibir abonos en efectivo o mediante transferencia electrónica, bajo las siguientes condiciones de control, aplicables por igual a EL CLIENTE y a LA AGENCIA:
VIGÉSIMA QUINTA. Los abonos no son reembolsables en efectivo. EL CLIENTE reconoce, acepta y manifiesta su conformidad expresa e informada con que los abonos entregados bajo el Plan de Abonos Programados, por causas imputables a él o por su sola voluntad de desistirse, NO SON REEMBOLSABLES EN DINERO, aplicándose una penalización del 100% (cien por ciento) sobre el importe abonado en cuanto a su devolución en efectivo o por transferencia.
Esta penalización tiene como contraprestación las obligaciones que LA AGENCIA asume desde el primer abono y que se detallan en la Cláusula Vigésima Segunda: el bloqueo y gestión anticipada de espacios, la garantía de firmeza del precio de la Cláusula Vigésima Tercera, el control individualizado del expediente y la atención continua durante la vigencia del plan.
VIGÉSIMA SEXTA. Conservación del valor abonado como crédito. No obstante lo dispuesto en la cláusula anterior, y a fin de que EL CLIENTE no pierda el valor económico de lo abonado, los abonos que aún no hayan sido erogados a favor de prestadores ni aplicados a la emisión de documentos bajo tarifa restrictiva se conservan a su favor en calidad de crédito de viaje, aplicable conforme a lo siguiente:
LA AGENCIA notificará a EL CLIENTE, por medios comprobables y en dos ocasiones —a los 18 y a los 23 meses del último abono—, la existencia y el vencimiento de su crédito.
Este crédito no se genera respecto de los importes comprendidos en los supuestos de pérdida total de la Cláusula Cuadragésima Séptima, ni sobre las cantidades ya erogadas a favor de prestadores o aplicadas a documentos de viaje bajo tarifa restrictiva.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. Excepciones a la no reembolsabilidad. La penalización del 100% establecida en la Cláusula Vigésima Quinta no será aplicable, procediendo la devolución en dinero de las cantidades no erogadas a favor de prestadores, en los siguientes supuestos:
VIGÉSIMA OCTAVA. Abandono definitivo del plan. Transcurridos los plazos de la Cláusula Vigésima Sexta y sus prórrogas sin que EL CLIENTE haya viajado, aplicado o cedido su crédito, y habiéndosele requerido en dos ocasiones por medios comprobables, el crédito se extinguirá y las cantidades correspondientes se considerarán ingreso definitivo de LA AGENCIA, quien las acumulará y declarará fiscalmente en el ejercicio en que ello ocurra, emitiendo el comprobante fiscal que proceda.
VIGÉSIMA NOVENA. Prohibiciones y delimitación expresa del Plan de Abonos. Ambas partes reconocen y convienen expresamente que el Plan de Abonos Programados regulado en este capítulo no constituye ni podrá interpretarse como:
LA AGENCIA se obliga a no promover ni comercializar el Plan de Abonos Programados bajo las denominaciones “ahorro”, “inversión”, “rendimiento”, “tanda”, “caja” o cualquier otra que sugiera la existencia de un producto financiero o de un sistema de autofinanciamiento.
TRIGÉSIMA. Régimen Simplificado de Confianza. EL CLIENTE reconoce que LA AGENCIA tributa bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, previsto en los artículos 113-E a 113-I de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y que en consecuencia:
TRIGÉSIMA PRIMERA. Tratamiento fiscal de los abonos. Para efectos del Plan de Abonos Programados regulado en el Capítulo IV, las partes convienen y reconocen expresamente lo siguiente:
TRIGÉSIMA SEGUNDA. Datos de facturación. EL CLIENTE que requiera comprobante fiscal deberá proporcionar sus datos completos —RFC, razón social, régimen fiscal, código postal y uso del CFDI— antes o al momento de realizar el pago. Las solicitudes de facturación presentadas con posterioridad al cierre del mes calendario en que se realizó la operación quedarán sujetas a las limitaciones que establezcan las disposiciones fiscales vigentes.
TRIGÉSIMA TERCERA. Continuidad ante cambio de régimen. En caso de que LA AGENCIA modifique su régimen fiscal o constituya una persona moral para la continuación de sus operaciones, los derechos y obligaciones derivados de este contrato subsistirán íntegramente a favor y a cargo de la nueva figura jurídica, sin necesidad de recontratación, bastando la notificación por escrito a EL CLIENTE. Los servicios ya contratados y pagados se respetarán en sus términos originales.
TRIGÉSIMA CUARTA. Veracidad de los datos. EL CLIENTE reconoce su total y exclusiva responsabilidad de proporcionar datos completos, veraces y correctos de todos los pasajeros —nombres y apellidos tal como aparecen en el documento de identidad de viaje, fechas de nacimiento, edades, sexo, nacionalidad, número y vigencia de pasaporte, rutas, fechas, horarios y demás información necesaria—. LA AGENCIA queda relevada de responsabilidad por errores, cambios de itinerario, penalidades o pérdida de servicios derivados de datos incorrectos o incompletos proporcionados por EL CLIENTE. Cuando la corrección de dichos datos genere penalidades o costos adicionales del prestador, éstos serán a cargo de EL CLIENTE.
TRIGÉSIMA QUINTA. Documentación migratoria y sanitaria. Es obligación exclusiva de EL CLIENTE proveerse por medios propios y con suficiente anticipación de pasaportes, visados, permisos, vacunas, certificados sanitarios, autorizaciones de salida de menores y cualquier otro documento exigido por las autoridades mexicanas y por las de los países de destino o tránsito. El pasaporte deberá contar con una vigencia mínima de 6 (seis) meses posteriores a la fecha de retorno, o la mayor que exija el país de destino. LA AGENCIA informará a EL CLIENTE los requisitos que conozca al momento de la contratación, con carácter orientativo y no exhaustivo, siendo responsabilidad de EL CLIENTE verificarlos ante las representaciones consulares correspondientes.
TRIGÉSIMA SEXTA. Menores de edad y personas bajo tutela. Tratándose de menores de edad o personas bajo tutela jurídica, viajen solos, con uno o ambos padres, con familiares o con terceros, es responsabilidad absoluta de EL CLIENTE obtener con anticipación los documentos notariados, autorizaciones judiciales, identificaciones, visas y permisos de salida exigidos por el Instituto Nacional de Migración, la Secretaría de Gobernación y las autoridades extranjeras aplicables.
TRIGÉSIMA SÉPTIMA. Consecuencias del incumplimiento documental. El incumplimiento por parte de EL CLIENTE de los requisitos documentales, migratorios o sanitarios, así como la negativa de visa o la negativa de internación decretada por la autoridad de cualquier país en ejercicio de su soberanía, no constituye causa justificada para solicitar cancelación sin penalidad, reprogramación, sustitución, compensación o reembolso, ni parcial ni total. En estos supuestos LA AGENCIA gestionará por cuenta de EL CLIENTE la solicitud de los reembolsos que pudieran resultar procedentes ante los prestadores, sin obligación de garantizar resultado alguno.
TRIGÉSIMA OCTAVA. Puntualidad y presentación. EL CLIENTE y los pasajeros se obligan a presentarse en aeropuertos, terminales y puntos de encuentro con la antelación que indiquen los prestadores y, a falta de indicación, con un mínimo de 3 (tres) horas para vuelos nacionales y 4 (cuatro) horas para vuelos internacionales. La pérdida de un vuelo por presentación tardía implica, conforme a las condiciones tarifarias de las aerolíneas, la pérdida automática de los tramos subsecuentes del mismo boleto, sin derecho a reinstalación, reprogramación ni reembolso, quedando a cargo de EL CLIENTE la contratación por medios propios de los servicios necesarios para continuar o concluir su viaje.
TRIGÉSIMA NOVENA. Sujeción a los reglamentos de los prestadores. EL CLIENTE se obliga a conocer, acatar y respetar los reglamentos, políticas y condiciones de servicio de cada prestador —aerolíneas, hoteles, navieras, arrendadoras, operadores de excursiones y demás—, incluidas las relativas a equipaje permitido, asignación de asientos, horarios de registro de entrada y salida, conducta a bordo y políticas de establecimiento. LA AGENCIA hará del conocimiento de EL CLIENTE las que resulten más relevantes y queda relevada de responsabilidad por las consecuencias de su incumplimiento.
CUADRAGÉSIMA. Autorización para reservar. Con la recepción del anticipo, LA AGENCIA queda autorizada de forma inmediata por EL CLIENTE para reservar, emitir y adquirir a su nombre toda clase de servicios terrestres, aéreos y marítimos, sujetándose a las políticas de emisión, cambio y cancelación de las compañías aéreas nacionales e internacionales, de IATA y de los demás prestadores. EL CLIENTE reconoce que los boletos aéreos emitidos bajo tarifa restrictiva no son endosables, transferibles, reprogramables ni reembolsables, y que no admiten cambios de nombre, fecha, clase, ruta ni puerto.
CUADRAGÉSIMA PRIMERA. Sustitución de prestadores y ajustes de itinerario. LA AGENCIA podrá gestionar la sustitución del prestador directo de un servicio o la modificación del orden de los servicios del itinerario, siempre que se respete la cantidad y calidad equivalente de lo contratado y previa notificación a EL CLIENTE. Cuando la sustitución implique una disminución objetiva de categoría o de servicios, EL CLIENTE tendrá derecho a la diferencia de precio correspondiente o, si la modificación resulta sustancial, a cancelar sin penalidad la parte afectada.
CUADRAGÉSIMA SEGUNDA. Caso fortuito y fuerza mayor. Si por causas ajenas a LA AGENCIA los servicios no pudieran prestarse puntual, parcial o totalmente —enunciativa y no limitativamente: huelgas, bloqueos, conflictos bélicos o sociales, desperfectos técnicos, sismos, erupciones, inundaciones, tormentas, condiciones que limiten la visibilidad, epidemias, pandemias, emergencias sanitarias, cierres de fronteras o de espacio aéreo, actos de autoridad y demás eventos de caso fortuito o fuerza mayor—, LA AGENCIA gestionará por cuenta de EL CLIENTE el reembolso, la reprogramación o la compensación que resulte procedente ante los prestadores, quedando relevada de responsabilidad propia de pago, compensación o sustitución, dado que tales causas escapan a su control.
CUADRAGÉSIMA TERCERA. Daños durante el viaje. LA AGENCIA queda relevada de responsabilidad por daños a la persona o a las pertenencias de EL CLIENTE —robos, extravíos, heridas, accidentes, percances o incidentes— ocurridos durante la ejecución de los servicios, por no ser la responsable directa de su prestación. Las reclamaciones por tales conceptos deberán dirigirse al prestador directo o a la aseguradora correspondiente, y LA AGENCIA prestará a EL CLIENTE la asistencia razonable para su gestión.
CUADRAGÉSIMA CUARTA. Convenios directos con prestadores. LA AGENCIA queda relevada de responsabilidad por los convenios, modificaciones, contrataciones adicionales o cambios que EL CLIENTE celebre directamente con los prestadores antes, durante o después del viaje, en especial los relativos a espacios aéreos originalmente reservados.
CUADRAGÉSIMA QUINTA. Solicitud de cancelación. EL CLIENTE podrá solicitar la cancelación de los servicios contratados haciéndolo del conocimiento de LA AGENCIA por escrito, por medio comprobable. LA AGENCIA acusará recibo y dará respuesta dentro de las 72 (setenta y dos) horas siguientes, informando el monto de las penalidades aplicables y el importe estimado a reembolsar.
CUADRAGÉSIMA SEXTA. Cargos por cancelación. Salvo que la cotización aceptada establezca condiciones distintas por así requerirlo el prestador o mayorista —en cuyo caso prevalecerán aquéllas, previamente informadas a EL CLIENTE—, aplicarán los siguientes cargos:
| Momento de la solicitud de cancelación | Cargo por cancelación |
|---|---|
| Más de 90 días antes de la salida | Gastos administrativos y penalidades ya erogadas ante prestadores, debidamente acreditadas |
| De 90 a 61 días antes de la salida | 30% del total contratado |
| De 60 a 31 días antes de la salida | 50% del total contratado |
| De 30 a 16 días antes de la salida | 75% del total contratado |
| 15 días o menos, o una vez iniciados los servicios | 100% del total contratado |
En todos los casos, los boletos aéreos, tarifas y servicios no reembolsables emitidos bajo condiciones restrictivas quedan excluidos de reembolso con independencia de la antelación, por corresponder a políticas de los prestadores finales que LA AGENCIA no puede modificar. LA AGENCIA acreditará documentalmente ante EL CLIENTE los gastos y penalidades efectivamente erogados.
CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA. Supuestos de pérdida total del importe pagado. EL CLIENTE reconoce y acepta de forma expresa e informada que, en los supuestos que a continuación se enumeran, pierde el 100% (cien por ciento) del importe pagado, sin derecho a cambio de fecha, cambio de itinerario, crédito electrónico, crédito de viaje, transferencia de titularidad, endoso, sustitución de pasajero ni devolución de la tarifa:
CUADRAGÉSIMA OCTAVA. Causas ajenas a las partes y enfermedad. Tratándose de causas de fuerza mayor o caso fortuito —enunciativa y no limitativamente: conflictos bélicos, tensiones o restricciones geopolíticas, cierres de fronteras o de espacio aéreo, sanciones internacionales, disturbios sociales, huracanes, tormentas, erupciones, sismos, inundaciones, contingencias climáticas o ambientales, epidemias, pandemias y emergencias sanitarias— así como de la enfermedad de EL CLIENTE o de cualquiera de los pasajeros, se estará a lo siguiente:
CUADRAGÉSIMA NOVENA. Fundamento de la no reembolsabilidad. EL CLIENTE reconoce que la pérdida del importe en los supuestos anteriores no deriva de la modalidad de pago elegida —contado, parcialidades o Plan de Abonos Programados—, sino de la naturaleza restrictiva y no reembolsable de las tarifas aéreas, hoteleras y de servicios turísticos con las que se integran los paquetes, y de los costos efectivamente erogados a favor de los prestadores finales por cuenta y orden de EL CLIENTE. LA AGENCIA se obliga a informar por escrito a EL CLIENTE, antes de emitir cualquier documento con penalidad, del momento exacto a partir del cual su pago deja de ser recuperable.
QUINCUAGÉSIMA. Cancelación imputable a LA AGENCIA. Cuando LA AGENCIA cancele los servicios por causas exclusivamente imputables a ella y ajenas a EL CLIENTE, estará obligada a reembolsar la totalidad de las cantidades recibidas, más una pena convencional equivalente al 3% (tres por ciento) del costo total de los servicios contratados, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes.
QUINCUAGÉSIMA PRIMERA. Cancelación imputable a los prestadores. Si la cancelación es imputable a los prestadores directos, LA AGENCIA auxiliará a EL CLIENTE gestionando a su nombre la obtención de los servicios no proporcionados y coadyuvando en la reclamación de los reembolsos e indemnizaciones que conforme a la ley correspondan, mediando únicamente en su tramitación. LA AGENCIA queda obligada a acreditar que remitió los fondos correspondientes al prestador.
QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA. Reprogramación. EL CLIENTE podrá solicitar la reprogramación de su viaje por una sola ocasión, siempre que la reservación se encuentre liquidada al 100% y la solicitud se presente con al menos 45 (cuarenta y cinco) días de antelación a la fecha de salida original. Toda reprogramación queda sujeta a disponibilidad y a las penalidades y diferencias tarifarias que apliquen los prestadores, las cuales serán a cargo de EL CLIENTE. LA AGENCIA presentará dichos costos dentro de las 72 horas siguientes a la solicitud, con una vigencia de 24 horas, transcurridas las cuales deberán recalcularse.
QUINCUAGÉSIMA TERCERA. Plazo y forma de los reembolsos. Los reembolsos procedentes se efectuarán dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a que LA AGENCIA reciba efectivamente los fondos del prestador o mayorista, por el mismo medio de pago utilizado por EL CLIENTE, salvo acuerdo distinto. Cuando el reembolso dependa de un tercero, LA AGENCIA mantendrá informado a EL CLIENTE del estado de la gestión y le acreditará las comunicaciones sostenidas. En pagos con tarjeta bancaria podrán aplicarse las comisiones financieras no recuperables efectivamente retenidas por la institución, las cuales se acreditarán documentalmente.
QUINCUAGÉSIMA CUARTA. Pena convencional por incumplimiento. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de este contrato por cualquiera de las partes dará lugar al pago, a favor de la parte afectada, de una pena convencional equivalente al 3% (tres por ciento) del costo total de los servicios contratados, con independencia de las penalidades por cancelación previstas en este capítulo.
QUINCUAGÉSIMA QUINTA. Recomendación expresa. LA AGENCIA recomienda expresamente a EL CLIENTE la contratación de un seguro de asistencia en viaje con cobertura de gastos médicos, cancelación, interrupción de viaje, pérdida de equipaje y repatriación, y le informará de las opciones disponibles. Cuando el país de destino exija seguro obligatorio, su contratación será condición para viajar.
QUINCUAGÉSIMA SEXTA. Declinación del seguro. Si EL CLIENTE decide no contratar el seguro recomendado, lo hará bajo su propio riesgo y responsabilidad, asumiendo íntegramente los gastos médicos, de cancelación, interrupción o cualquier contingencia que un seguro hubiera cubierto. LA AGENCIA dejará constancia escrita de esta declinación. El seguro es un producto de la compañía aseguradora emisora, quien es la única responsable de su cobertura, exclusiones y siniestros; LA AGENCIA actúa únicamente como intermediaria en su contratación.
QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA. Tratamiento de datos. LA AGENCIA tratará los datos personales de EL CLIENTE y de los pasajeros conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamento y el Aviso de Privacidad disponible en akalbitravel.com/avisodeprivacidad, que EL CLIENTE declara conocer y aceptar. Las finalidades primarias comprenden la cotización, reservación, emisión de documentación, facturación y atención al cliente.
QUINCUAGÉSIMA OCTAVA. Transferencias necesarias. EL CLIENTE autoriza expresamente la transferencia de sus datos personales y los de los pasajeros a las aerolíneas, hoteles, agencias mayoristas, operadoras, aseguradoras, sistemas globales de distribución y autoridades migratorias nacionales y extranjeras, en la medida estrictamente necesaria para la prestación de los servicios contratados, incluso cuando ello implique transferencia internacional a países con niveles de protección distintos al mexicano. Esta transferencia es indispensable para la ejecución del contrato en términos del artículo 37, fracción VII, de la Ley citada.
QUINCUAGÉSIMA NOVENA. Datos sensibles y derechos ARCO. Cuando la prestación del servicio requiera datos personales sensibles —condiciones médicas, alimentarias o de accesibilidad—, EL CLIENTE otorgará su consentimiento expreso y por escrito. EL CLIENTE podrá ejercer sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición, así como revocar su consentimiento, mediante solicitud dirigida a privacidad@akalbitravel.com, en el entendido de que la cancelación de datos indispensables puede imposibilitar la prestación de los servicios ya contratados.
SEXAGÉSIMA. Marca y contenidos. La denominación AKALBI TRAVEL™, su logotipo, identidad gráfica, contenidos del sitio web, itinerarios, materiales de asesoría y bases de datos son propiedad exclusiva de LA AGENCIA y se encuentran protegidos por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y la Ley Federal del Derecho de Autor. Este contrato no transfiere derecho alguno sobre dicha propiedad intelectual. Queda prohibida su reproducción, distribución o uso comercial sin autorización escrita de LA AGENCIA.
SEXAGÉSIMA PRIMERA. Testimonios e imagen. La publicación por parte de LA AGENCIA de testimonios, reseñas o imágenes de EL CLIENTE requerirá su consentimiento previo, expreso y revocable, otorgado por escrito o por medio electrónico comprobable.
SEXAGÉSIMA SEGUNDA. Notificaciones. Todas las comunicaciones entre las partes se realizarán por escrito al domicilio, correo electrónico o número de mensajería instantánea señalados en el presente contrato. Las partes se obligan a informar cualquier cambio dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes; a falta de aviso, surtirán efectos las notificaciones realizadas al último domicilio o medio conocido.
SEXAGÉSIMA TERCERA. Cesión y continuidad del negocio. LA AGENCIA podrá ceder los derechos y obligaciones derivados de este contrato a una persona moral que constituya para la continuación de sus operaciones, a un sucesor o causahabiente, previa notificación por escrito a EL CLIENTE y siempre que se garanticen íntegramente los servicios contratados y pagados. EL CLIENTE no podrá ceder su posición contractual ni los servicios contratados sin autorización escrita de LA AGENCIA, dado el carácter nominativo e intransferible de la documentación de viaje.
SEXAGÉSIMA CUARTA. Divisibilidad. Si alguna cláusula de este contrato fuere declarada nula, inválida o inaplicable por autoridad competente, dicha declaración no afectará la validez de las cláusulas restantes, que continuarán surtiendo plenos efectos. La cláusula afectada se entenderá sustituida por la disposición legal aplicable que más se aproxime a la voluntad original de las partes.
SEXAGÉSIMA QUINTA. Integridad del contrato. Este contrato, junto con la cotización aceptada, el Anexo A, el Aviso de Privacidad y las condiciones de los prestadores comunicadas a EL CLIENTE, constituye el acuerdo íntegro entre las partes respecto de su objeto, y deja sin efecto cualquier convenio, oferta o comunicación previa que lo contradiga. Toda modificación deberá constar por escrito y ser aceptada por ambas partes.
SEXAGÉSIMA SEXTA. No discriminación. LA AGENCIA presta sus servicios sin discriminación alguna por motivos de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social o de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, en términos del artículo 1º constitucional y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. EL CLIENTE con requerimientos de accesibilidad deberá comunicarlos al momento de la cotización para gestionar los servicios adecuados ante los prestadores.
SEXAGÉSIMA SÉPTIMA. Quejas y aclaraciones. EL CLIENTE podrá presentar quejas, sugerencias o aclaraciones al correo contacto@akalbitravel.com o al teléfono 55 1239 9490. LA AGENCIA se obliga a acusar recibo dentro de las 48 horas y a dar respuesta de fondo dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes.
SEXAGÉSIMA OCTAVA. Jurisdicción y competencia. Las partes manifiestan que conocen los alcances de este contrato, cuyas cláusulas son la expresión fiel de su voluntad, y se someten para el caso de incumplimiento o interpretación a la competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) en la vía administrativa como instancia conciliatoria, conforme a los artículos 99 y 111 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. De subsistir las diferencias, se someterán a la competencia de los tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando al fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, sin que ello implique renuncia a los derechos irrenunciables que la ley confiere a EL CLIENTE en su calidad de consumidor.
El presente contrato de adhesión se elabora con fundamento en las siguientes disposiciones:
| Ordenamiento | Disposiciones aplicables |
|---|---|
| Ley Federal de Protección al Consumidor | Artículos 1, 7, 7 BIS, 10, 15, 32, 56, 76 BIS, 85, 86, 86 BIS, 86 TER, 86 QUATER, 87, 87 BIS, 88, 89, 90, 90 BIS, 99 y 111 |
| Ley General de Turismo | Artículos 2, 3, 47, 48, 49, 50, 51, 52 y 58 al 62 |
| Reglamento de la Ley General de Turismo | Disposiciones relativas a agencias de viajes y al Registro Nacional de Turismo |
| NOM-010-TUR-2001 | Apartados 3.6.2.1, 5.1.3 y 6.2.4 — requisitos de los contratos que celebran los prestadores de servicios turísticos con los usuarios-turistas |
| Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos | Artículo 8º — solventación de obligaciones en moneda extranjera |
| Código de Comercio | Artículos 89 a 94 (medios electrónicos) y 273 a 308 (comisión mercantil) |
| Código Civil Federal | Artículos 1792 a 1859 (contratos) y 2546 a 2604 (mandato) |
| Ley del Impuesto sobre la Renta | Artículos 113-E a 113-I — Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas |
| Código Fiscal de la Federación | Artículos 29 y 29-A — comprobantes fiscales digitales |
| Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares | Artículos 8, 9, 15, 16, 17, 22 a 36 y 37 fracción VII |
| Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial | Disposiciones relativas a marcas y nombres comerciales |
| Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita | Artículos 17 y 32 — actividades vulnerables y restricciones al uso de efectivo |
| Ley de Instituciones de Crédito | Artículos 2º y 103 — delimitación negativa: el Plan de Abonos Programados no constituye captación de recursos del público |
| Ley Federal de Protección al Consumidor y NOM-143-SCFI-2000 | Artículo 63 — delimitación negativa: el Plan de Abonos Programados no constituye un sistema de comercialización por integración de grupos de consumidores |
| Resolución Miscelánea Fiscal vigente | Regla relativa al pago de erogaciones por cuenta de terceros, aplicable a los recursos que LA AGENCIA recibe por cuenta y orden de EL CLIENTE |
Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enteradas de su contenido, valor y alcance legal, lo firman de conformidad en la Ciudad de México, a los días del mes de del año .
Servicios incluidos:
Condiciones especiales de cancelación del proveedor (prevalecen sobre la Cláusula Cuadragésima Sexta cuando sean más restrictivas y hayan sido informadas previamente):
Nombres de los pasajeros:
Persona adicional autorizada para realizar abonos (Cláusula Vigésima Cuarta, inciso b): nombre identificación
| Núm. | Fecha de vencimiento | Importe | Medio de pago | Recibo núm. | Saldo |
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Akalbi Travel™ es agencia de viajes minorista inscrita en el Registro Nacional de Turismo de la Secretaría de Turismo. Actúa exclusivamente como intermediaria entre el usuario-turista y los prestadores de servicios turísticos. Contrato de adhesión versión 1.0, vigente a partir del 13 de agosto de 2026. Consultable permanentemente en akalbitravel.com/contrato.